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Abogado representante Sanky Panky valoró la sanción por ser primera impuesta en el país
Juez condena Transporte Espinal por Exhibir película Sanky Panky sin autorización
Daños y perjuicios ocasionó reproducción pública no autorizada de la producción cinematográfica en televisores instalados autobuses de sus rutas.
Por Prensa Internacional Dominicana (PID)
Keko Jonnes Maldonado Reportero en el Palacio de Justicia

Juez de Santiago condena Transporte Espinal por Exhibir película Sanky Panky sin autorización | |
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SANTIAGO. La Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de Santiago condenó a la empresa Transporte Espinal al pago de una indemnización de medio millón de pesos a favor del productor de la película Sanky Panky, José Enrique Pintor (PInky).
El pago es por los daños y perjuicios que ocasionó la reproducción y comunicación pública no autorizada de la producción cinematográfica en los televisores instalados en los autobuses que cubren sus rutas.
El magistrado Samuel Guzmán consideró culpable a Transporte Espinal de violar los artículos 19, 20 y 58 de la Ley 65-00 del 21 de agosto de 2000, sobre Derecho de Autor, que prevén la ilicitud de la reproducción y comunicación pública de una obra cinematográfica sin el consentimiento previo y expreso de su productor dentro del plazo de protección fijado por la ley, acogiendo así una demanda interpuesta en el 2007 por Romero.
Es la primera sanción de ese tipo en el país.
LA CIFRA
Un multa de RD $500 MIL pesos deberá pagar Transporte Espinal al productor de Sanky Panky por la reproducción no autorizada de la película.
AcontecerFinanciero.com